Espiritual «Yerra»: el carácter sacerdotal

The Spiritual Brand-The Priestly Character

[1]

I

Como bien sabemos son tres los sacramentos que imprimen carácter (en esos tres sacramentos el carácter es la res et sacramentum). Se nos enseña en el Catecismo de la Iglesia Católica, cuando habla de los símbolos del Espíritu Santo: «El sello es un símbolo cercano al de la unción. En efecto, es Cristo a quien Dios ha marcado con su sello (Jn 6, 27), y el Padre quien nos marca también en Él con su sello. Como la imagen del sello (ἐσφράγισεν) indica el carácter indeleble de la unción del Espíritu Santo en los sacramentos del bautismo, de la confirmación y del orden, esta imagen se ha utilizado en ciertas tradiciones teológicas para expresar el “carácter” imborrable impreso por estos tres sacramentos, los cuales no pueden ser reiterados».[2] E insiste: «Los tres sacramentos del bautismo, de la confirmación y del orden sacerdotal confieren, además de la gracia, un carácter sacramental o “sello”, por el cual el cristiano participa del sacerdocio de Cristo y forma parte de la Iglesia según estados y funciones diversos. Esta configuración con Cristo y con la Iglesia, realizada por el Espíritu, es indeleble; permanece para siempre en el cristiano como disposición positiva para la gracia, como promesa y garantía de la protección divina y como vocación al culto divino y al servicio de la Iglesia. Por tanto, estos sacramentos no pueden ser reiterados».[3] O sea, el carácter es un sello imborrable -indeleblede nuestra pertenencia y configuración con Cristo y con su Iglesia y, por tanto, no reiterable, no repetible.

Me referiré ahora pues al carácter que imprime en el alma el sacramento del Orden sagrado.

II

Supuesto el carácter del bautismo, que nos consagra para el culto en la santa Liturgia y para ejercer el sacerdocio bautismal por el testimonio de una vida santa y de una caridad eficaz,[4] y el carácter propio de la confirmación, por el que se recibe el poder de confesar la fe de Cristo públicamente y como en virtud de un cargo (quasi ex officio),[5] los llamados por Dios y la Iglesia al Orden Sagrado, reciben otra marca espiritual indeleble.

Enseña el Concilio de Trento que «en el Sacramento del Orden… se imprime carácter, que no puede borrarse ni quitarse… (y no pueden volver) a convertirse en laicos…».[6] Los padres tridentinos formularon esta proposición contra la opinión de Lutero, que negaba el carácter al sacramento del orden, que afirmaba que el sacerdote no se distingue del seglar y que el ordenado podía volver a ser seglar; con lo cual se puede apreciar que tenían, los Padres de Trento, clara voluntad de formular una doctrina de fe, como la formularon…, y de fe solemnemente definida.[7]

Respecto de los Obispos enseña el Concilio Vaticano II: «Este Santo Sínodo enseña que con la consagración episcopal se confiere la plenitud del sacramento del Orden; que por esto se llama en la liturgia de la Iglesia y en el testimonio de los Santos Padres “Supremo Sacerdocio” o “cumbre del Ministerio Sagrado”. Ahora bien, la consagración episcopal, junto con el oficio de santificar, confiere también el oficio de enseñar y regir… Según la Tradición, que aparece sobre todo en los ritos litúrgicos y en la práctica de la Iglesia, tanto de Oriente como de Occidente, es cosa clara que, con la imposición de las manos, se confiere la gracia del Espíritu Santo y se imprime el sagrado carácter, de tal manera que los Obispos, en forma eminente y visible, hagan las veces de Cristo: Maestro, Pastor y Pontífice, y obren en su nombre».[8]

Y acerca de los sacerdotes: «El ministerio de los presbíteros, por estar unido al Orden episcopal, participa de la autoridad con la que Cristo mismo forma, santifica y rige su Cuerpo; por lo cual, el sacerdocio de los presbíteros supone, ciertamente, los sacramentos de la iniciación cristiana, pero se confiere por el sacramento peculiar por el que los presbíteros, por la unción del Espíritu Santo, quedan marcados con un carácter especial que los configura con Cristo Sacerdote, de tal forma que pueden obrar en nombre de Cristo Cabeza».[9]

III

Por si fuese poco, la doctrina acerca del carácter sacerdotal que confiere el sacramento del Orden, se ha ido desarrollando por acción del Magisterio de la Iglesia.

El Sínodo de los Obispos de 1971[10] expone el carácter sacerdotal como una participación en el sacerdocio de Jesucristo, de tal forma que se define al sacerdote desde el carácter que lo marca de manera permanente, que le hace capaz para actuar en nombre de Cristo y que lo hace partícipe de la potestad de Cristo, para poder obrar en Su Nombre. «Desde Cristo y para la Iglesia» entiende el Sínodo la naturaleza indeleble del carácter sacerdotal.[11]

La Declaración acerca de la doctrina católica sobre la Iglesia para defenderla contra algunos errores actuales, de la Sagrada Congregación de la Doctrina de la Fe, del 24 de junio de 1973, dice: «La Iglesia no ha dejado jamás de investigar sobre la naturaleza del sacerdocio ministerial… Con la asistencia del Espíritu Santo ha ido alcanzando gradualmente la clara persuasión de que Dios ha querido manifestarle que aquel rito confiere a los sacerdotes no sólo un aumento de gracia para cumplir santamente las funciones eclesiales, sino que imprime también un sello permanente de Cristo, es decir, el carácter en virtud del cual, dotados de una idónea potestad derivada de la potestad suprema de Cristo, están habilitados para cumplir aquellas funciones…».[12]

El Directorio para el ministerio y vida de los presbíteros, de la Congregación para el Clero, del 31 de enero de 1994, enseña: «En la ordenación presbiteral, el sacerdote ha recibido el sello del Espíritu Santo, que ha hecho de él un hombre signado por el carácter sacramental para ser, para siempre, ministro de Cristo y de la Iglesia. Asegurado por la promesa de que el Consolador permanecerá con él para siempre,[13] el sacerdote sabe que nunca perderá la presencia ni el poder eficaz del Espíritu Santo, para poder ejercitar su ministerio y vivir la caridad pastoral como don total de sí mismo para la salvación de los propios hermanos… Mediante el carácter sacramental, e identificando su intención con la de la Iglesia, el sacerdote está siempre en comunión con el Espíritu Santo en la celebración de la liturgia, sobre todo de la Eucaristía y de los demás sacramentos. En cada sacramento, es Cristo, en efecto, quien actúa a favor de la Iglesia, por medio del Espíritu Santo, que ha sido invocado con el poder eficaz del sacerdote, que celebra in persona Christi».[14]

El Catecismo de la Iglesia Católica enseña: «Este sacramento (del orden) configura con Cristo mediante una gracia especial del Espíritu Santo a fin de servir de instrumento de Cristo en favor de su Iglesia. Por la ordenación recibe la capacidad de actuar como representante de Cristo, Cabeza de la Iglesia, en su triple función de Sacerdote, Profeta y Rey.

Como en el caso del Bautismo y de la Confirmación, esta participación en la misión de Cristo es concedida de una vez para siempre. El sacramento del Orden confiere también un carácter espiritual indeleble y no puede ser reiterado ni ser conferido para un tiempo determinado.

Un sujeto válidamente ordenado puede ciertamente, por justos motivos, ser liberado de las obligaciones y las funciones vinculadas a la ordenación, o se le puede impedir ejercerlas; pero no puede convertírselo de nuevo en laico en sentido estricto, porque el carácter impreso por la ordenación es para siempre. La vocación y la misión recibidas el día de su ordenación, lo marcan de manera

permanente.

Puesto que, en último término, es Cristo quien actúa y realiza la salvación a través del ministro ordenado, la indignidad de este no impide a Cristo actuar. San Agustín lo dice con firmeza: “En cuanto al ministro orgulloso, hay que colocarlo con el diablo. Sin embargo, el don de Cristo no por ello es profanado: lo que llega a través de él conserva su pureza, lo que pasa por él permanece limpio y llega a la tierra fértil… En efecto, la virtud espiritual del sacramento es semejante a la luz: los que deben ser iluminados la reciben en su pureza y, si atraviesa seres manchados, no se mancha”[15]».[16] Son muy claras las dos consecuencias que saca el Catecismo: primera, el sacerdocio dura para siempre, no es temporal; segunda, las disposiciones del ministro no afectan sustancialmente en el efecto de los sacramentos que realiza.

¡Maravilla del orden sacramental! ¡Nadie puede quitar ni el carácter bautismal, ni el de la confirmación, ni el sacerdotal! Ni siquiera lo pueden quitar los pecados mortales, ni aun los más graves: apostasía, herejía, cisma, idolatría, falta de fe, sacrilegio, simonía, etc. ¡Maravilla de consistencia y estabilidad!

¡Maravilla del orden sacramental! El carácter es el principio del obrar sacerdotal,[17] por eso no dependen los efectos de la dignidad del ministro: «Ni el bueno hace más, ni el malo hace menos».[18]

¡Maravilla de eficacia y eficiencia!

¡Maravilla del orden sacramental! El ministerio apostólico instituido por Jesucristo y recibido por la imposición de manos tiene, en sí mismo, la permanencia de lo instituido y la gratuidad del carisma gratuito, otorgado por Dios.[19] ¡Maravilla de permanencia y vitalidad!

IV

El carácter es un signo distintivo, por eso lo llama el Concilio de Florencia: «un cierto signo espiritual que distingue de los demás».[20] Se compara a una marca o impronta con que se yerra el ganado para saber quién es su dueño, o con el tatuaje de los soldados para saber en qué ejército militan. Según Alejandro de Hales, el carácter: «es una señal distintiva impresa en el alma por el carácter eterno (es el mismo Cristo),[21] según que él es imagen que configura la trinidad creada (el alma humana) con la Trinidad creadora y regeneradora, y que distingue de los que no están configurados con él, según el estado de la fe».[22] Y agrega San Buenaventura que, en el Bautismo es el estado de fe engendrada que nos distingue de los no bautizados; en la Confirmación es el estado de fe robustecida; en el Orden es estado de fe multiplicada o aumentada.[23] Podríamos llamar espiritual y divina «yerra» a lo que ocurre en el alma de los que reciben alguno de estos tres sacramentos.

El carácter se ordena al culto de la Iglesia, en que Cristo Sacerdote actúa con su Cuerpo místico, por eso es participación del sacerdocio de Cristo.

También, el carácter expresa peculiaridad, figura o semejanza. Por ello es signo que configura y asemeja. Nos configura con la Santísima Trinidad, es una llamada a la venida e inhabitación de la Trinidad en el alma, es una disposición para la gracia. Nos configura con Cristo, porque es participación del sacerdocio de Cristo. Dice Santo Tomás: «Cada uno de los fieles queda destinado para recibir o trasmitir a los demás lo que pertenece al culto de Dios. Y a esto destina principalmente el carácter sacramental. Ahora bien, todo el rito de la religión cristiana deriva del sacerdocio de Cristo. Y por esto es manifiesto que el carácter sacramental es, de modo especial, carácter de Cristo, a cuyo sacerdocio son configurados los fieles según los caracteres sacramentales, que no son otra cosa que ciertas participaciones del sacerdocio de Cristo, derivadas del mismo Cristo».[24]

El carácter es una llamada continua a la vida de la gracia y de la santidad; es una santificación ontológica del alma, por la imagen de Cristo que imprime en ella y la caracteriza con Cristo, y que exige una santificación moral,[25] para evitar una contradicción en el ser; o sea, que las costumbres y el ejercicio de las virtudes (en especial, la caridad) deben responder a la marca del alma. El carácter sacerdotal es una continua disposición y llamada para las funciones sacerdotales y pastorales.[26] El sacerdote, caracterizado por la imagen de Cristo que lleva impresa en sí mismo, representa la persona de Cristo y actúa en persona de Cristo, especialmente, en la Santa Misa.

Además, el carácter sacramental es una disposición para recibir la gracia. Para Guillermo de París es como el papel sellado con el sello real en orden a recibir los dones del rey.[27] Santo Tomás dice que dispone a la gracia, «por medio de la cual realicen dignamente aquellas cosas a las que son destinados».[28] No hay que tener mie do de que, haciendo lo que hay que hacer, no vayamos a recibir la gracia. Por así decirlo, el carácter sacramental clama a Dios para que nos dé su gracia. Por último, el carácter sacramental es una cualidad espiritual, sobrenatural, física y real, que está en el alma (según Santo Tomás en «la potencia cognoscitiva del alma en la que reside la fe»),[29] es indeleble -imborrable-, no puede recibirse otra vez y permanece en la otra vida. Es un poder espiritual instrumental.

V

A pesar de que la doctrina del carácter sacerdotal tiene firme fundamento en el Magisterio preconciliar, conciliar y postconciliar, como no podía ser de otra manera, es contestada por teólogos progresistas.

Para I. Moingt lo único que añade el orden al carácter bautismal es la determinación funcional para efectuar acciones determinadas, pero sin que produzca un cambio ontológico en quien recibe el sacramento del orden; de ahí que afirme que la Iglesia le puede quitar la funcionalidad o que el propio ministro puede renunciar a ella, y en cualquiera de los dos casos deja de ser ministro. Para M.C. Vogel, la Iglesia de Occidente desconoce la liturgia de la Iglesia de Oriente, donde pareciera hubo autodeposición, no reconocimiento de quienes fueron ordenados por herejes o cismáticos, o de quienes recibieron la ordenación desligados absolutamente de un lugar concreto de culto; porque no percibe «que no es el hombre el que se consagra a Dios, sino que es Dios quien hace suyo al hombre en el sacramento, y por ello no está en las manos del hombre, ni tampoco en las de la Iglesia, desvincularse de la unión que Dios ha establecido con él mediante su don en el sacramento».[30] Para H. M. Legrand, el carácter sacerdotal no es una verdad de fe y considera que esa doctrina es la responsable de la ruptura entre los ministros y la comunidad. E. Schillebeeckx también afirma que es causa de la diferencia entre clérigos y laicos, y niega su naturaleza de permanencia institucional; esa negación le es necesaria para unificar clérigos y laicos, para admitir el ejercicio temporal del ministerio, la ordenación de las mujeres, que sea válido el ministerio en las otras Iglesias (aunque no tengan Episcopado válido),[31] para que en caso de carencia de ministro, cualquier laico lo pueda reemplazar.

Como se puede advertir, destruido el carácter sacerdotal, se destruye el sacerdocio católico.

VI

Todos, en todas las Misas, obramos por el carácter del bautismo, por el que estamos marcados como ovejas del rebaño de Cristo y miembros de su Cuerpo, por el que nos consagramos al culto cristiano, y podemos y debemos ofrecer, por manos y junto al sacerdote ministerial, la Víctima divina y nosotros con ella, como víctimas espirituales, porque hemos sido configurados con Cristo, Cabeza y Pastor de las ovejas.

Asimismo, por el carácter de la confirmación fuimos marcados como soldados de Cristo y, como tales, consagrados para la defensa de la fe y del culto, y para el apostolado (por el que, en cada Misa, pedimos por todos los hombres y mujeres del mundo), porque hemos sido configurados con Cristo Jefe.

Y estos nuevos sacerdotes, y todos los sacerdotes, por el carácter del Orden, quedamos marcados como ministros de Cristo para hacer las veces de Cristo y obrar en persona de Cristo; quedamos consagrados para las funciones sagradas para transustanciar y ofrecer el sacrificio y las otras funciones sacerdotales, porque hemos quedado configurados con Jesucristo, Sumo Sacerdote.[32]

¡Qué grande es Nuestro Señor, que dispuso de manera tan admirable el orden sacramental para nuestro bien! ¡Estamos marcados con el sello de la Trinidad, y en cada uno de nosotros, la Trinidad ve un reflejo de sí misma! ¡El Padre ve en nosotros la imagen de su Hijo! ¡El Hijo ve la obra del Padre! ¡El Espíritu Santo, en su sello, ve la obra del Padre, la imagen del Hijo! ¡Dios cuando nos ve -y nos ve siempreno da vuelta el Rostro mirando hacia otro lado y haciéndose el distraído! ¡Somos sus hijos! ¡Eso mismo ve la Madre! No debemos tener ningún temor.


[1] REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, Diccionario de la Real Academia Española (Madrid 1992) 1502, vocablo «Yerra»: «R. de la Plata. hierra, acción de marcar con hierro los ganados».

[2] Catecismo de la Iglesia católica, n. 698.

[3] Catecismo de la Iglesia católica, n. 1121.

[4] Cfr. Catecismo de la Iglesia católica, n. 1273.

[5] Cfr. Catecismo de la Iglesia católica, n. 1304.

[6] DS 1767.

[7] Cfr. M. NICOLAU, Ministros de Cristo (Madrid 1971) 202.

[8] CONCILIO ECUMÉNICO VATICANO II, Constitución dogmática sobre la Iglesia «Lumen Gentium », 21: «…in Eius persona agant». Cfr. 22: SAN CIPRIANO: «El sacerdote hace las veces de Cristo», Epis., 63, 14; SAN JUAN CRISÓSTOMO: «el sacerdote es símbolo de Cristo», In 2Tim, hom. 2, 4; SAN AMBROSIO, In Ps. 38, 25-26:PL 14, 1051-52; AMBROSIASTER, In Tim 5, 19:PL 17, 479C e In Eph 4, 11-12:col 387C; TEODORO DE MOPSUESTIA, Hom. Catech. XV 21 y 24: ed. TONNEAU, 497 y 503; HESIQUIO HIEROS, In Lev 2, 9, 23:PG 93, 894B.

[9] CONCILIO ECUMÉNICO VATICANO II, Decreto sobre el ministerio y vida de los presbíteros «Presbyterorum Ordinis», 2: «in persona Christi Capitis agere valeant»; cfr. Constitución dogmática sobre la iglesia «Lumen Gentium», 10.

[10] De sacerdotio ministeriale, Permanes indoles sacerdotti, 5.

[11] Cfr. RAMÓN ARNAU, Orden y ministerios (Madrid 1995) 234.

[12] MUNDO MEJOR, Semanario católico de la Diócesis de San Martín, 498 y 499.

[13] Cfr. Jn 14, 16-17.

[14] CONGREGACIÓN PARA EL CLERO, Directorio para el ministerio y la vida de los presbíteros, 8.10.

[15] In Evangelium Johannis, 5, 15.

[16] Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1584.

[17] SANTO TOMÁS DE AQUINO, STh, III, 63, 3, 4: «…character …habet rationem principii…» («…el carácter …tiene razón de principio de acción…»).

[18] INOCENCIO III, Carta apostólica «Eius Eexemplo» (18 de diciembre de 1208), DS 424.

[19] Cfr. R. ARNAU, Orden y ministerios (Madrid 1995) 238. Me resulta absolutamente incomprensible que el A. no se de cuenta que Trento concibe el carácter como carisma: «Si alguno dijere que por la sagrada ordenación no se da el Espíritu Santo, y que por lo tanto en vano dicen los obispos: Recibe el Espíritu Santo; o que por ella no se imprime carácter sea anatema», DS 1774.

[20] DS 1313.

[21] Cfr. Heb 1, 3.

[22] SANTO TOMÁS DE AQUINO, In Sent, 4, 6, 4.

[23] Cfr. III Sent, 6, 1, 4; cit. M. NICOLAU, Teología del signo sacramental (Madrid 1969) 128.

[24] SANTO TOMÁS DE AQUINO, STh, III, 63, 3, ad1.

[25] Según el Catecismo de la Iglesia Católica, el modelo de esa santificación es «Cristo, que por amor se hizo el último y servidor de todos» (n. 1551).

[26] Para San Gregorio Nacianceno, el ejercicio de estas funciones exige la conversión, debido a la grandeza de la gracia y oficio sacerdotales. Cfr. Orationes, 2, 71: PG 35, 480B.

[27] De Sacramento Baptismi 3: Opera (París 1624) I, 422.

[28] SANTO TOMÁS DE AQUINO, STh III, 63, 4, ad1.

[29] SANTO TOMÁS DE AQUINO, STh III, 63, 5, ad3.

[30] R. ARNAU, Orden y ministerios (Madrid 1995) 243.

[31] Para todo este párrafo, cfr. R. ARNAU, Orden y ministerios (Madrid 1995) 239-247.

[32] Cfr. M. NICOLAU, Teología del signo sacramental (Madrid 1969) 131.

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